
Nos implicamos con nuestro
cliente.
Colaboramos con la
integración
social del minusválido.
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Ley LISMI
Aprobada en 1982, la Ley de
Integración Social del Minusválido, establece la
obligación de todas las empresas públicas y privadas de más
de 50 trabajadores a reservar el 2% de su plantilla a
personas con algún tipo de disminución, física, psíquica
o sensorial. El no cumplir con dicha ley es sancionable por
el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya.
La ley permite unas medidas
alternativas a aquellas empresas que no puedan cumplir
con dicha obligación, entre ellas, está la posibilidad de
realizar un contrato con un centro especial de trabajo
que preste servicios ajenos y accesorios a la actividad de
la empresa, en base a unos importes mínimos a calcular en
cada caso. Por todo
ello, contratar los servicios de nuestro Centro Especial de
Trabajo es beneficioso para la empresa, así como a la vez se
contribuye a la integración de personas con discapacidad.
¿ Desea
más información ?
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